Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las novedades más importantes:
Bases mínimas de cotización para 2023
La Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo desarrolla las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023. Estos cambios se aplican a partir de la nómina de marzo, es decir, en el proceso de cotización que se realiza a lo largo del mes de abril por lo que Libra-Nóminas debe estar configurado antes del inicio de esta cotización para los casos en los que el productor se encuentre en base mínima. La regularización de las liquidaciones de cuotas ya presentadas respecto de los períodos de liquidación de enero y febrero de 2023 se realizará posteriormente por lo que no se debe presentar liquidaciones complementarias.
Gestión y control de procesos de IT
El RD 1060/2022, de 27 de diciembre, con vigencia desde el 1 de abril de 2023, modifica el RD 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por IT en los primeros 365 días de su duración. Esta modificación normativa introduce importantes cambios en las obligaciones que, hasta ahora, tenía el trabajador cuando se encontraba en situación de IT. Las principales novedades incorporadas son:
- El facultativo que expide los partes médicos de IT únicamente entregará al trabajador una copia de estos, suprimiéndose, por tanto, la obligación del trabajador de recibir y presentar la copia que estaba destinada a la empresa. A partir de ese momento, la forma que tendrán las empresas de conocer los datos relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta será a través de los Ficheros INSS Empresas (FIE).
- Las empresas deberán remitir al INSS los datos económicos (bases de cotización, CCC…) únicamente en los partes de baja y, siempre y cuando, exista en la base de datos del INSS un parte de baja que previamente haya sido comunicado a la empresa mediante el fichero FIE.
Para facilitar este cambio a los usuarios, Libra-Nóminas incorpora la posibilidad de importar y gestionar la información recibida desde la Seguridad Social para detectar y acceder a los productores sobre los que se debe actuar.
Aunque la fuente principal de la información pasa del productor al INSS, el usuario, ante cualquier discrepancia o duda, deberá manejar también la información contenida en los distintos actores del proceso de IT (Libra, TGSS, INSS, Trabajadores, Mutuas…)
En relación al envío de datos en el mensaje de comunicación FDI, desaparecen las opciones actuales de «Altas» y «Confirmaciones de Baja» y aparece un nuevo movimiento «Datos Económicos» gestionado en la integración LIBRA-SILTRA.
Planes de Pensiones de Empleo
La Disposición final cuarta de la Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo, modificó la Ley General de la Seguridad Social, incorporando una nueva disposición adicional sobre reducciones de cuotas de las contribuciones empresariales a los planes de empleo. Este cambio legislativo se materializa mediante una reducción en las cuotas por contingencias comunes a las empresas que realizan aportaciones a los planes de pensiones, en su modalidad de sistema de empleo (PPE).
Para la aplicación de estas reducciones se han realizado los correspondientes cambios en Libra-Nóminas que afectan a la configuración de los conceptos, al cálculo de nómina y a los ficheros de comunicación SILTRA (AFI, CRA, Fichero de Tramos, Fichero de Bases y Fichero de Cálculos). De esta forma, si el usuario decide aplicar estas reducciones, debe enviar estas aportaciones mediante el fichero AFI antes de iniciar el proceso de cotización. Tras esta comunicación, tal y como solicita la Seguridad Social, se debe enviar el fichero de bases incorporando las bases actuales junto con las bases reducidas en los importes abonados para finalmente incluir la reducción y enviar el resultado a la empresa mediante el fichero de cálculos.
Se recuerda que el importe máximo de estas contribuciones a las que se aplica la reducción es el que resulta de multiplicar por trece la cuota resultante de aplicar a la base mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social para contingencias comunes, el tipo general de cotización a cargo de la empresa para la cobertura de dichas contingencias.
IRPF a partir de febrero de 2023
Se implementa y distribuye el algoritmo de cálculo del IRPF a aplicar a partir del mes de febrero de 2023 publicado por el Departamento de Informática Tributaria de la AEAT.
Las modificaciones normativas incorporadas se aplican para el cálculo del tipo de retención en relación con los rendimientos del trabajo que se satisfacen a partir del 1 de febrero de 2023, regularizando si procede el tipo de retención aplicado en meses anteriores. Por otro lado, se incorpora la configuración necesaria para reflejar en nómina, de forma automática, las retenciones del IRPF que son asumidas por la empresa, tanto en percepciones dinerarias como percepciones en especie.
Código Nacional de Ocupación (CNO)
El Real Decreto 504/2022, de 27 de junio, modifica, entre otros aspectos, el artículo 30 del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, y establece la obligatoriedad de informar de la ocupación laboral desempeñada por el trabajador con arreglo a la Clasificación Nacional de Ocupaciones.
Como respuesta a este requerimiento se incorpora esta ocupación a los circuitos de alta del empleado de Libra-Nóminas. Para facilitar la entrada y gestión de la información se permite establecer valores por defecto a distintos niveles y se adaptan también los procesos de afiliación (fichero AFI) incorporando el C.N.O a los movimientos gestionados.
Garantizados Brutos en Retribución Mensual
Continuando con la evolución del cálculo de garantizados se incluye la parametrización necesaria para aplicar el cálculo a 30 días en los garantizados de nómina de productores con retribución mensual. De esta forma los importes pagados se referencian a los días de cotización evitando, si es necesario, el cálculo por días naturales.
Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
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