El 1 de julio de 2018 entrará en vigor una nueva versión de la normativa SII, obligando a todas las empresas que envían información mediante esta plataforma a adaptarse a los nuevos requerimientos y modificaciones publicados en las Orden Ministerial HFP/187/2018, del 22 de febrero.
En EDISA estamos preparando una nueva actualización del Módulo SII para LIBRA qué será probada y validada durante los meses de Mayo y Junio, utilizando la ventana de pruebas que facilita la agencia tributaria (a partir del 3 de mayo). Garantizando a nuestros clientes cumplir con esta modificación normativa el 1 de julio.
Cambios más relevantes que trae la nueva normativa:
- Se crea el bloque <EntidadSucedida> en los libros de emitidas, recibidas, bienes de inversión, determinadas operaciones intracomunitarias y suministro de otras operaciones con trascendencia tributaria para identificar los registros de facturación realizados por una entidad en su condición de sucesora de otra entidad por operaciones de reestructuración societaria.
- Se crea la etiqueta en el libro de facturas expedidas <FacturaSinIdentifDestinatarioAritculo6.1.d> para identificar las facturas completas en las que no es obligatorio identificar al destinatario.
- Se crea la etiqueta en el libro registro de facturas expedidas y recibidas.<FacturaSimplificadaArticulos7.2_7.3> para identificar las facturas simplificadas que identifican al destinatario de acuerdo con los apartados 2 y 3 del artículo 7 del RD 1619/2012.
- Se incluye una nueva clave en el campo «medio de pago/cobro», será la clave 05 «cobro o pago por domiciliación» en las operaciones acogidas o afectadas por el régimen especial del criterio de caja.
- En el libro de emitidas dentro del bloque <TipoDesglose> se añade la etiqueta <DetalleExenta> para permitir el desglose del importe exento en función de las distintas causas de exención que pasan a ser compatibles.
- Se añade en los libros de emitidas, recibidas, bienes de inversión y determinadas operaciones intracomunitarias una etiqueta adicional de contenido libre denominada <RefExterna> con el objetivo de que se pueda añadir información interna de la empresa asociada al registro de la factura. La utilizaremos para identificar únicamente los registros enviados al SII mediante LIBRA.
- En el libro registro de facturas recibidas se crea un nuevo tipo de factura “LC” que se denomina “Aduanas – Liquidación complementaria”.
- Se crea la etiqueta <NumRegistroAcuerdoFacturacion> en los libros de bienes de inversión y determinadas operaciones intracomunitarias.
- Se crea la etiqueta <Macrodato> en los libros de emitidas y recibidas para identificar aquellas facturas con importe de la factura superior a un umbral de 100.000 euros.
- Las entidades con liquidación voluntaria trimestral podrán acogerse al SII manteniendo el plazo de declaración trimestral. En vez de enviar los registros por periodos 01..12 como cada mes. Pueden enviar registros por periodos trimestrales (1T,2T,3T,4T).
- Se crea la etiqueta en el libro registro de facturas expedidas <FacturacionDispAdicionalTerceraYsextayDelMercadoOrganizadoDelGas > para identificar si la factura ha sido emitida por un tercero de acuerdo a una exigencia normativa (disposición adicional tercera y sexta Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación o normativa del mercado organizado del gas)
- Los arrendadores de locales con más de 15 referencias por factura tendrán que generar nuevo libro aparte con todas las referencias. Se define un XML específico con el resto de los inmuebles.
- Se crea la etiqueta <RegPrevioGGEEoREDEMEoCompetencia > en los libros de emitidas, recibidas y determinadas operaciones intracomunitarias para aquellos registros de facturación con dificultades para enviarse en plazo por no tener constancia del cambio de condición a GGEE, de la inclusión en REDEME o de un cambio en la competencia inspectora.
- Se crean los nuevos tipos de comunicación A5 y A6 para el libro de facturas emitidas. A5 para registrar las devoluciones del IVA de viajeros y A6 si estos registros se tienen que modificar.