La Autoridad Tributaria de Portugal (Ministerio das Finanças), ha establecido una serie de normativa aplicable desde el 1-1-11 para evitar el fraude fiscal, que afecta a las aplicaciones de facturación multiempresa instaladas en las empresas que cumplan unos determinados requisitos de facturación. Estos requisitos se establecieron inicialmente en la normativa Portaria n.º 363/2010, de 23 de Junho de 2010 y fueron modificados recientemente en Enero de 2012.
Esta modificación establece que a partir del 1-4-12 estarán obligadas a usar una aplicación certificada las empresas que facturen más de 125.000 euros y a partir del 1-1-13 las empresas que facturen más de 100.000 euros anuales, salvo las empresas que hayan desarrollado su propio software de facturación. También a partir del 1-4-12 todas las empresas que opten por un programa de mercado (multi-empresa), para realizar la facturación, están obligadas a utilizar un programa certificado.
Asimismo ahora están obligadas todas las empresas a utilizar una aplicación certificada y no solamente las empresas que tengan consumidores finales entre sus clientes, como establecía la norma inicial. También destaca la norma la obligatoriedad de incluir las firmas digitales de las facturas en el volcado de datos según la normativa SAFT definida por ley en Portugal hace ya varios años.
Un cambio que se ha introducido en esta última modificación de la norma, afecta a la firma de otros documentos adicionales a las facturas, tales como albaranes o incluso pedidos. LIBRA registrará las firmas de estos documentos.
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